El 13 de setiembre del 2016, se publicó en el Alcance 181 A a la Gaceta N° 176, el Decreto Ejecutivo Nº 39871-MINAE del 14 de julio del 2016, en el cual se incluyen reformas importantes al Reglamento de la Ley Forestal, que afectan al FONAFIFO y al Programa de Pago de servicios ambientales.
Este decreto aborda, entre otros, los siguientes temas: i) los suplentes en la Junta Directiva del Fonafifo, solo podrán asistir en ausencia del titular, lo que afecta su continuidad, ii) las cuotas de PSA que se otorgan a las organizaciones, deberán cumplir con un puntaje mínimo y estar ubicadas en las prioridades de conservación de la biodiversidad, iii) se modifica la matriz de priorización de protección de bosque, para que ingresen solo las fincas ubicadas en áreas de interés de conservación de la biodiversidad, lo que deja por fuera a miles de propietarios de bosques, iv) se facilita el acceso al PSA en los territorios indígenas, pues no se les exigirá regencia forestal en los contratos viejos, ni se afectarán las fincas, y v) establece límites a la participación de personas físicas, jurídicas y empresas relacionadas en el PSA, quienes no podrán tener contratos vigentes por más de 600 ha en protección de bosque y 750 ha en reforestación. Estos límites no afectan a los territorios indígenas.
Este decreto se complementa con la Resolución Ministerial Nº 413-MINAE publicada el 20 de setiembre, la cual estableció que los montos de PSA disminuirán un 0,8%, definió la cantidad de hectáreas por modalidad de PSA, modificó los pagos en los proyectos de SAF, ahora se harán en el año 1 (50%), año 3 (25%) y año 5 (25%), esto evidentemente afecta a los productores, organizaciones y regentes forestales.
Orientar el pago de servicios ambientales de manera prioritaria a la conservación de la biodiversidad, afecta los bosques con alto riesgo de deforestación y degradación, los cuales no podrán recibir el PSA. Esto es abiertamente contradictorio a lo establecido en el artículo 69 de la Ley Forestal y afecta a miles de dueños y poseedores de más de un millón de hectáreas de bosque con alto riesgo de deforestación y degradación.
Cabe mencionar que estas disposiciones fueron establecidas por el MINAE, sin considerar el criterio de la Junta Directiva del FONAFIFO, de la ONF y otras organizaciones e instituciones del sector forestal.